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Concepto 196851 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El contrato de prestación de servicios no supone las mismas condiciones de una relación laboral, por lo que no hay una relación de subordinación y, por lo tanto, el contratista de prestación de servicios debe dar cumplimiento al objeto contractual en los términos establecidos en el respectivo contrato.

Concepto 196851 de 2016 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si un empleado concursa y supera un concurso en la misma entidad, tiene derecho a conservar el régimen de cesantías con liquidación retroactiva. Sin embargo, cuando se cambia de entidad, el empleado debe renunciar al anterior empleo, por lo que se rompe el vínculo laboral con la primera entidad, situación que hace cesar el régimen de cesantías retroactivas, por lo tanto, no es posible conservar dicho régimen cuando se pasa de una entidad a otra.