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Concepto 193491 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública El movimiento del personal a otras dependencias, no implica el cambio de la función del empleo respectivo, de esta manera las funciones básicas del empleo se conservarán, sin interesar la dependencia a la cual se pertenezca, como tampoco se verá, por este movimiento, afectados los derechos de carrera administrativa. En todo caso, será la administración la que determine o no sobre la viabilidad de su solicitud de reubicación. |