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Concepto 184831 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública "Corresponde al Concejo Municipal, fijar conforme al presupuesto respectivo y dentro de los límites máximos salariales establecidos por el Gobierno Nacional, las escalas de remuneración correspondientes a las diferentes categorías de empleos públicos del municipio, teniendo en cuenta el sistema de nomenclatura y clasificación de empleos para los entes territoriales previsto en el Decreto Ley 785 de 2005, de modo que todos los niveles y grados salariales se encuentren en igualdad de condiciones y sin que sea obligatorio fijar su escala con los máximos que el decreto expedido por el Gobierno Nacional señala, de manera que el concejo municipal, de acuerdo con sus finanzas, categoría del municipio y demás variables económicas, fije la escala respectiva." |