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Concepto 160861 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Si el funcionario que se encuentra en el régimen de retroactividad en las cesantías y es encargado en otro cargo superior, al retirarse del servicio dicha retroactividad se conserva, es decir, se liquida con el salario del cargo del encargo o se debe liquidar proporcional sin desconocer la retroactividad, es decir, con el cargo del que es titular hasta la fecha en que empezó el encargo, y retroactividad con el salario del encargo a partir de la fecha en que empezó el encargo hasta su terminación; se precisa que en este caso, para dicha liquidación, el salario del encargo se tendrá en cuenta por el tiempo que ha ejercido el otro empleo bajo dicha figura y no por todo el tiempo que lleva vinculado a la administración. |
Concepto 160861 de 2015 - Departamento Administrativo de la Función Pública En el evento se que advierta que el contratista ha incumplido las obligaciones contraídas, la administración procederá a declarar el incumplimiento del contrato. Se aclara que los contratistas de prestación de servicios vinculados con el Estado, en la medida en que ejerzan funciones públicas, son sujetos de acción disciplinaria. |