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Concepto 144901 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Mujer embarazada que presta sus servicios profesionales, no se le podrá terminar el contrato por causa del estado de gestación, vale decir, por razón de su embarazo. No obstante, el cumplimiento del período pactado en el contrato constituye justa causa y en este caso, no es aplicable el fuero de maternidad. Esto significa que, al terminar el contrato, la administración no se encuentra en la obligación de contratarla nuevamente por el citado fuero.