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Decreto 1031 de 2024 - Nivel Nacional

Adiciona el Título 30 a la Parte 2 del Libro 2 Del Decreto 1078 de 2015, para reglamentar el procedimiento único para el despliegue de redes e infraestructura de telecomunicaciones de que trata el inciso segundo del artículo 193 de la Ley 1753 de 2015, modificado por el artículo 147 de la Ley 2294 de 2023 y se dictaran otras disposiciones.

Decreto 1031 de 2013 - Nivel Nacional

Por el cual se fijan las escalas de asignaciones básicas de la Registraduría Nacional del Estado Civil y se dictan otras disposiciones.

Decreto 1031 de 2011 - Nivel Nacional

Por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos que sean desempeñados por empleados públicos de la Rama Ejecutiva, Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, Empresas Sociales del Estado, del orden nacional, y se dictan otras disposiciones.

Resolución 1031 de 2009 - Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

Sentencia 1031 de 2006 - Corte Constitucional

La jurisprudencia constitucional ha dejado en claro que, en los procesos de reestructuración de la administración pública, el Estado debe guardar especial cuidado con los servidores públicos que, por sus condiciones particulares, tendrían dificultad para encontrar un nuevo empleo o cuando la terminación de la relación laboral les afecta gravemente su subsistencia y la estabilidad de su núcleo familiar. 

Ley 1031 de 2006 - Nivel Nacional

Modifica el período de los personeros municipales, distritales y el Distrito Capital. Establece que será elegido por el Concejo durante el primer mes de sesiones ordinarias, para un período institucional de 4 años, que se iniciará el primero de marzo y concluirá el último día de febrero, pudiendo ser reelegido, por una sola vez, para el período siguiente. Determina que no podrá ser elegido personero quien sea o haya sido en el último año miembro del Concejo, ni quien haya ocupado durante el mismo lapso cargo público en la administración central o descentralizada del Distrito, o quienes hayan sido condenados en cualquier época por sentencia judicial a pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos o culposos, excluidos del ejercicio de una profesión o sancionados por faltas a la ética profesional. Dispone que quien haya ocupado en propiedad el cargo de personero no podrá desempeñar empleo alguno en el Distrito Capital, ni ser inscrito como candidato a cargos de elección popular, sino un año después de haber cesado en el ejercicio de sus funciones.