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Concepto 077061 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los jefes de cada entidad cuentan con una competencia administrativa para establecer el horario de trabajo que deben cumplir los servidores públicos, siempre que se respete la jornada máxima de cuarenta y cuatro horas semanales. Para aquellos empleados que deben desempeñar sus funciones mediante el sistema de turnos, la norma es clara al disponer que esta forma de organización laboral deberá estar previamente establecida o acordada con el grupo de trabajo, y en consideración al tiempo, los turnos que se implementen deberán ser sucesivos o continuos. |