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Concepto 051101 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Por regla general las vacaciones son concedidas dentro del año siguiente a la fecha en que se cause el derecho; no obstante, el jefe de la entidad está facultado para aplazar, compensar en dinero o suspender las vacaciones de los empleados siempre y cuando sea por necesidades del servicio. |