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Concepto 488251 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los jefes de personal o quienes hagan sus veces deben verificar que a los servidores que puedan encontrarse en estas circunstancias en efecto les falten tres (3) años o menos para reunir los requisitos legales para el reconocimiento de la pensión de jubilación o de vejez. La ley de edad de retiro forzoso se aplica a los servidores públicos, es decir que la misma incluye a quienes ocupan empleos de libre nombramiento y remoción. No obstante, y al ser empleos de dirección, confianza y manejo, la entidad en cualquier momento según lo determine, puede optar por retirar del servicio al empleado, antes de cumplir los 70 años de edad, toda vez que, el ingreso, la permanencia y el retiro en dichos cargos obedece a la discrecionalidad de la entidad nominadora. |