Filtros de búsqueda

Menos
Más
  • 074971 (1) [X]
Menos
Más
Menos
Más

Resultados

La búsqueda devuelve 1 resultados
Ordenar por: Relevancia | Fecha de expedición

Concepto 074971 de 2026 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Las reclamaciones presentadas por servidores de carrera administrativa relacionadas con el derecho preferencial de encargo deben ser conocidas en primera instancia por las Comisiones de Personal de las entidades públicas. No obstante, la Ley 909 de 2004 y el Decreto 760 de 2005 no establecen un término específico para resolver dichas reclamaciones, por lo cual resulta aplicable de manera supletoria el procedimiento administrativo común previsto en la Ley 1437 de 2011, según el cual las peticiones deben resolverse dentro de los quince (15) días siguientes a su recepción. Contra la decisión de la Comisión de Personal procede reclamación en segunda instancia ante la Comisión Nacional del Servicio Civil dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión adoptada en primera instancia.