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Concepto 049631 de 2026 - Departamento Administrativo de la Función Pública En el sector público la negociación colectiva con organizaciones sindicales puede versar sobre condiciones de empleo, pero no sobre la creación o modificación de elementos salariales o prestacionales, debido a que dicha competencia corresponde exclusivamente al Congreso de la República y al Gobierno Nacional. En consecuencia, no resulta procedente que mediante acuerdos sindicales se reconozcan incentivos económicos como quinquenios, bonificaciones de cumpleaños, bonos navideños u otros beneficios extralegales, ya que ello implicaría modificar el régimen salarial de los empleados públicos y generar gastos no autorizados por la ley ni previstos en el presupuesto, lo cual contraviene las disposiciones constitucionales y legales que regulan la materia. |