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Concepto 133321 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública “El empleo de comisario y comisaria de familia será del nivel directivo. Tendrá un período institucional de cuatro (4) años, el cual comenzará a contarse desde el 1 de enero del segundo año del periodo de gobierno municipal o distrital. Dentro de dicho período, sólo podrán ser retirados del cargo por las causales establecidas en el Artículo 41 de la Ley 909 de 2004 o las normas que la modifiquen o adicionen” de manera que, dicha disposición aplicará a los nuevos comisarios de familia que sean elegidos en los términos de la norma, por lo que, los comisarios que venían ocupando dichos empleos con anterioridad, en caso de ser de carrera administrativa se regirán por lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 909 de 2004, mientras que, lo que se encuentran vinculados mediante nombramiento provisional, podrán ser retirados mediante resolución motivada que permita ejercer el derecho de defensa, de conformidad con lo expresado por la Corte Constitucional. |