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Concepto 083231 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los colombianos por nacimiento que tengan doble nacionalidad pueden ocupar cargos públicos. Para los colombianos por adopción, la Constitución Política les niega el acceso a determinados cargos públicos y, además, faculta a la ley para limitar su ingreso a otros, cuando aquellos tienen doble nacionalidad. Por tal razón, en criterio de esta Dirección Jurídica, los colombianos por nacimiento, que tengan doble nacionalidad, pueden acceder a cargos públicos, en tanto dicha figura no es causal inhabilitante, en los términos de la Constitución y la ley. |