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Concepto 396881 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública La autorización y pago de horas extras, deberá ajustarse a lo dispuesto en la normativa que se ha indicado previamente, en todo caso los límites establecidos en el Decreto 462 de 2022, se encuentran fijados solo para la asignación básica mensual, por lo tanto, si la sumatoria de la asignación básica, y las horas extra, supera dicho límite, su pago será procedente en los términos de la norma, las horas extra y los recargos, están concebidos en nuestro ordenamiento, como una forma en la cual los límites de la asignación básica, pueden ser superados por las razones y con el lleno de los requisitos definidos en las normas aplicables, de manera que siempre y cuando se causen en los términos de la ley es procedente su liquidación y pago. |