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Concepto 384561 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública En el caso en que un funcionario sea posesionado en un cargo sin el lleno de los requisitos legales para su desempeño procederá la revocatoria del nombramiento en los términos del artículo 5 de la Ley 190 de 1995, es decir se deberá efectuar la revocatoria del nombramiento, por la máxima autoridad administrativa de la respectiva entidad territorial, quien tiene la facultad nominadora en estos empleos. Del mismo modo serán aplicables las sanciones disciplinarias a que haya lugar, teniendo en cuenta la obligación de la administración de respetar las garantías del debido proceso en aras de no vulnerar los derechos del trabajador. |