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Concepto 250161 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El encargo presenta un doble carácter, constituye una situación administrativa y también una modalidad transitoria de provisión de empleos; el encargo puede ser total o parcial, lo que indica que en el primer caso el funcionario se desprende de las funciones que le son propias y asume todas las del nuevo empleo y para el segundo caso, asume solo una o algunas de ellas, así como que el encargo se produce por ausencia del servidor temporal o definitiva del cargo del cual es titular. Los procedimientos que realice la entidad para proveer empleados de carrera que se encuentren en vacancia temporal, se deberán adelantar con los empleados que acrediten los requisitos para su ejercicio, de manera que será la entidad quien después de la valoración determine el funcionario que tenga mejor derecho para ser encargado.