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Sentencia 113 de 2013 - Consejo de Estado El artículo 6 de la Ley 190 de 1995 establece sobre el servidor que se vea afectado por una inhabilidad o incompatibilidad sobreviniente a su vinculación con el servicio público, el deber legal de poner en conocimiento de su nominador tal circunstancia. En caso tal de que éste no lo hiciere, deberá la administración proceder a disponer su retiro del servicio, sin perjuicio de las sanciones que por tal hecho haya lugar. |