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Decreto 2672 de 2012 - Nivel Nacional

Regula los servicios financieros prestados a través de corresponsales, definiendo de esta forma los establecimientos y/o sociedades que bajo su responsabilidad podrán prestar sus servicios a través de terceros corresponsales sin que esto implique la exoneración de los deberes propios de su actividad, le corresponde a la Superintendencia Financiera determinar las condiciones que deberán cumplir los corresponsales; enumera cuáles son las modalidades de servicios que podrán prestar los corresponsales con sus respectivas condiciones, así como la información que al respecto deberá entregarse a los clientes y usuarios; en caso de ejercicio ilegal de las actividades reservadas a las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera el corresponsal se hará acreedor a las sanciones previstas