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Decreto 2235 de 2012 - Nivel Nacional Reglamenta el artículo 6 de la Decisión 774 del 30 de Julio de 2012 de la Comunidad Andina de Naciones y el artículo 106 de la Ley 1450 de 2011 en relación con el uso de maquinaria pesada; dando cumplimiento a la Política Andina de Lucha contra la Minería Ilegal, define así el procedimiento de destrucción de maquinaria pesada y sus partes cuando sean utilizadas en actividades de exploración o explotación minera sin las autorizaciones determinadas por la ley, sin perjuicio de las acciones penales o administrativas a que haya lugar; aclarando que todos aquellos terceros de buena fe que sean sujetos de esta disposición podrán solicitar la protección de sus derechos; la autoridad competente para cumplir este procedimiento es la Policía Nacional, quien deberá presentar un informe soportado con registros fílmicos y fotográficos. |