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Decreto 1073 de 2012 - Nivel Nacional Establece los criterios y condiciones de distribución de los recursos del 10 por ciento del Fondo de Compensación Regional, del Ahorro Pensional Territorial, dicho porcentaje será distribuido entre los municipios de categorías cuarta, quinta y sexta cuyo indicador de necesidades básicas insatisfechas sea inferior o igual a 35 por ciento, para cada año. El porcentaje de los recursos del Sistema General de Regalías destinados al ahorro pensional territorial se distribuirá anualmente entre las entidades territoriales que en el año inmediatamente anterior a la vigencia en la cual se hace la distribución, tengan pasivo pensional, según certificación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. |