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Decreto 2140 de 2008 - Nivel Nacional Modifica el artículo 12 del Decreto Nacional 1050 de 1997, en cuanto establecer que todo servidor público deberá presentar ante su superior inmediato y dentro de los 3 días siguientes a la finalización de la comisión que le haya sido conferida, un informe ejecutivo sobre las actividades desplegadas en desarrollo de la misma. Así mismo, todas las Entidades objeto del ámbito de aplicación del presente decreto, deberán remitir bimestralmente al Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, la relación de las comisiones otorgadas y el valor pagado por ellas con cargo al Tesoro Público. |