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Decreto 2201 de 2003 - Nivel Nacional

Determina que los proyectos, obras o actividades de utilidad pública e interés social, relativos a los planes de ordenamiento territorial, cuya ejecución corresponda a la Nación, podrán ser adelantados por esta, de manera directa o indirecta por cualquier modalidad contractual, previa expedición de la licencia o del instrumento administrativo de manejo y control ambiental, señala que los planes, planes básicos o esquemas de ordenamiento territorial de los municipios y distritos no serán oponibles a la ejecución de proyectos, obras o actividades de utilidad pública e interés social e indica el procedimiento para su ejecución.