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Decreto 2131 de 2003 - Nivel Nacional

Se reglamenta el artículo 19 de la Ley 387 de 1997 y artículo 54 de la Ley 812 de 2003 frente a la atención en salud de la población desplazada por la violencia, art. 1. Inscripción en el "Registro Único de Población Desplazada", art. 2. Cobertura Prestación de servicios, art. 3 y 4. Atención inicial de urgencias, art. 5. Financiación de la prestación de servicios de salud para la población desplazada por la violencia no afiliada sin capacidad de pago, art. 6. Adopción de medidas sanitaria, art. 7. Inspección y vigilancia, art. 8. Disponibilidad de información, art. 9. Vigencia, art. 10.