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Decreto 1746 de 2000 - Nivel Nacional Establece mecanismos para la financiación de la vivienda de interés social, autoriza recursos para ella, los requisitos que deben cumplir las Cajas de Compensación Familiar para la orientación de los recursos, la responsabilidad de ellas en la administración de los recursos, encargos fiduciarios para emisión títulos al público por parte de las Cajas y fija un plazo de 3 años para que los recursos autorizados para la financiación de vivienda sean reintegrados al Fondo de Vivienda de Interés Social. |