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Sentencia 486 de 1996 - Corte Constitucional Las entidades territoriales no tienen competencia para establecer la sobretasa a los combustibles, la Constitución sólo autoriza a las Asambleas y a los Concejos decretar y votar de conformidad con la Constitución y la ley los tributos y contribuciones necesarios para el cumplimiento de las atribuciones y cometidos que se les han asignado. |