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Información proporcionada por:
ÁREA METROPOLITANA DE BUCARAMANGA
Certificado catastral
¿Cuándo se puede realizar?
Cualquier fecha
¿A dónde ir?
Ver puntos de atención
¿Requiere pago?
Sí,
Ver detalle en la sección "Para realizarlo necesita"
¿Es totalmente en línea?
No
Última actualización: 10-Noviembre-2021
Valorar
Descripción
Obtener la certificación que hace constar la inscripción del predio o mejora , sus características y condiciones, indicando la vigencia del avalúo.
Para realizarlo necesita:
Ciudadano
Extranjeros
Instituciones o dependencias públicas
Organizaciones
1 - Reunir documentos y cumplir condiciones
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
Ser poseedor o tenedor del bien inmueble
Formulario
FORMATO ÚNICO DE SOLICITUD DE TRÁMITES CATASTRALES
Disponible para ser:
Descargable:
Reclamar de forma presencial:
En los puntos de atención indicados por la institución
Canal de atención
Medio
Detalle
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
Pago
Descripción del pago:
Descripción
Tipo moneda
Tipo valor
Cantidad
Valor
Costo certificado catastral
Pesos ($)
Fijo
15.000,00
Información del medio de pago:
•
Pago en línea
• En la entidad solicitante: • Presencial mediante el datáfono habilitado en la sede de atención al usuario del Área Metropolitana de Bucaramanga (Neomundo, Calle 89 Transversal Oriental Metropolitana – 69 Centro de Convenciones Neomundo – Piso 1)
• En entidad bancaria:
Entidad recaudadora
Tipo de cuenta
Número de cuenta
Nombre de cuenta
Código de recaudo
Banco Davivienda
Ahorros
048770040953
Área Metropolitana de Bucaramanga
30211
Canal de atención
Medio
Detalle
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:
*Cuando es apoderado o autorizado
Documento
Poder
:1 Copia(s)
Anotaciones Adicionales: En caso de actuar a través de apoderado, deberá otorgarse poder general mediante escritura pública especificando claramente el objeto de la solicitud o trámite que requiere, sin tachones ni enmendaduras. En los poderes generales, se deberá presentar certificación original de la Notaría que contenga la vigencia del poder general, con fecha no superior a 30 días. En los poderes especiales los asuntos e inmuebles deberán estar determinados y claramente identificados. En este caso quien lo otorga (propietario, poseedor o representante legal), deberá contener presentación personal ante la Entidad o ante notario o cualquier autoridad competente para el efecto. En todos los casos podrá aportarse un poder especial suscrito por la totalidad de propietarios o poseedores.
Documento
Cédula de ciudadanía
:1 Copia(s)
*En caso de actuar como poseedor del inmueble
Documento
Cédula de ciudadanía
:1 Copia(s)
Resultado que se obtiene
Certificado que acredita la inscripción catastral, que se obtiene de forma inmediata
Medios por donde se obtiene el resultado
Presencial
¿Dónde se puede hacer seguimiento a la solicitud?
Medio
Detalle
Presencial
Ver puntos de atención
Soporte legal
Decreto 1377 de 2013, (Todos)
Ley 1581 de 2012, (Todos)
Ley 1561 de 2012, (Artículo 11)
Resolución 1055 de 2012, (Artículo 21)
Resolución 070 de 2011, (Artículos 35, 154)
Ley 14 de 1983, (Artículo 27)
Resolución 000109 de 2020, (Artículo Séptimo )
Resolución 000108 de 2020, (Artículo quinto)
Otra fuente de consulta
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