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Información proporcionada por:
ALCALDÍA DE FUSAGASUGÁ
http://www.fusagasuga-cundinamarca.gov.co
Orden de entrega del vehículo inmovilizado
¿Cuándo se puede realizar?
Cualquier fecha
¿A dónde ir?
Ver puntos de atención
¿Requiere pago?
No, es gratuito
¿Es totalmente en línea?
No
Última actualización: 23-Marzo-2023
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Descripción
Retirar el vehículo del parqueadero que por infracciones de tránsito dio lugar para la inmovilización.
Para realizarlo necesita:
Ciudadano
Extranjeros
Organizaciones
1 - Reunir documentos y cumplir condiciones
Documento
Cédula de ciudadanía
: 1 Original(es)
Anotaciones Adicionales: Del propietario del vehículo o infractor. Para los menores de edad habilitados, debe presentar la tarjeta de identidad
Documento
Licencia de tránsito
: 1 Original(es)
Anotaciones Adicionales: Informar si es propietario sin legalización de traspaso
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
Haber subsanado la causal de la infracción de acuerdo con las normas vigentes
Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:
*En caso que el infractor no sea el propietario del vehículo
Documento
Orden de comparendo impuesta
:1 Original(es)
Documento
Inventario de patio
:1 Original(es)
*En el caso que la infracción cause la suspensión de la licencia de conducción
Documento
Resolución judicial de suspensión de la licencia de conducción
:1 Original(es)
Documento
Licencia de conducción
:1 Original(es)
Anotaciones Adicionales: De la persona designada por el infractor para el retiro del vehículo
2 - Solicitar el retiro del vehículo
Canal de atención
Medio
Detalle
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
Resultado que se obtiene
Orden de entrega del vehículo inmovilizado, que se obtiene
en 1 Hora(s)
Observaciones: Si presenta inconsistencia en la documentación se niega la salida de patios.
Medios por donde se obtiene el resultado
Presencial
¿Dónde se puede hacer seguimiento a la solicitud?
Medio
Detalle
Presencial
Ver puntos de atención
Soporte legal
Ley 1383 de 2010, (Artículo 20 numeral 6, Artículo 21 Literales A12, B1 - B7, C1, C14, C16, C18, C20, C22, C27, C28, C35, C36, D1, D2, D8, D12, D13, D14, D15, E4, F, D3 - D7)
Ley 1696 de 2013, (Todos)
Documento técnico 1 de 2010, (Manual de infracciones de tránsito)
Resolución 3027 de 2010, (Todos)
Ley 769 de 2002, (Artículo 125)
Decreto 019 de 2012, (Artículo 209)
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