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Información proporcionada por:
ALCALDÍA DISTRITAL DE BARRANQUILLA, DISTRITO ESPECIAL, INDUSTRIAL Y PORTUARIO
Devolución y/o compensación de pagos en exceso y pagos de lo no debido por conceptos no tributarios
(También se conoce como: Devolución de dinero)
¿Cuándo se puede realizar?
Cualquier fecha
¿A dónde ir?
Ver puntos de atención
¿Requiere pago?
No, es gratuito
¿Es totalmente en línea?
No
Última actualización: 5-Septiembre-2022
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Descripción
Obtener la devolución y/o compensación de pagos en exceso o lo no debido, si ha cancelado sumas mayores por concepto de obligaciones no tributarias o ha efectuado pagos sin que exista causa legal para hacer exigible su cumplimiento.
Para realizarlo necesita:
Ciudadano
Extranjeros
Instituciones o dependencias públicas
Organizaciones
1 - Reunir documentos
Documento
Carta de solicitud
: 1 Original(es)
Anotaciones Adicionales: Solicitud de devolución de dinero señalando : los datos del solicitante, el concepto correspondiente al pago realizado, los hechos en que se fundamenta la solicitud, la fecha y número del recibo mediante el cual se realizó el pago del concepto solicitado.
Documento
Cédula de ciudadanía
: 1 Fotocopia(s)
Anotaciones Adicionales: Para el caso de organizaciones o empresas, la cédula debe corresponder al representante legal. Su constitución y representación legal se verificará mediante consulta web en el Registro Único Empresarial RUES.
Documento
Registro único tributario - RUT
: 1 Fotocopia(s)
Anotaciones Adicionales: De persona natural o persona jurídica, según el caso (DIAN)
Documento
Poder
: 1 Original(es)
Anotaciones Adicionales: En caso de actuar en representación de otra persona se debe aportar poder debidamente otorgado, con facultad expresa de recibir.
Documento
Certificación bancaria
: 1 Original(es)
Anotaciones Adicionales: De una cuenta de propiedad del solicitante, para efectos de depositar en ella, el valor de la devolución, con fecha de expedición de por lo menos, tres meses antes a la fecha de radicación de la solicitud.
Documento
Recibo de Pago
: 1 Original(es)
Anotaciones Adicionales: En caso de no aportarlo, indicar número y fecha del recibo en la carta de solicitud presentación.
2 - Radicación de la documentación
Canal de atención
Medio
Detalle
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
WEB
Solicitud web trámite
3 - Recibir citación para diligencia de notificación personal sobre la decisión de la solicitud
Canal de atención
Recibirá un correo electrónico o certificado de la Entidad, adjuntando la citación para la diligencia de notificación personal sobre la decisión acerca de su solicitud.
Medio
Detalle
CORREO
atencionalciudadano@barranquilla.gov.co
4 - Presentarse a la notificación personal o recibirla de manera electrónica, según aplique
Canal de atención
Para el caso de notificación por vía electrónica, recibirá un correo a su dirección electrónica autorizada.
Medio
Detalle
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
Resultado que se obtiene
Reconocimiento de devolución y/o compensación, que se obtiene
en 48 Día(s) - hábil(es)
Medios por donde se obtiene el resultado
Correo electrónico
Correo certificado
Presencial
¿Dónde se puede hacer seguimiento a la solicitud?
Medio
Detalle
Web
Hacer seguimiento a una petición, queja o reclamo registrada en (SIGOB)
Soporte legal
Ley 962 de 2005, (Capítulo 6, artículo 47)
Decreto Ley 019 de 2012, (Capítulo 1, artículo 10)
Decreto 0924 de 2011, (Título 10, artículo 409)
Directiva 20180521523021 de 2018, (Todos)
Ley 791 de 2002, (Artículo 8)
Ley 57 de 1887, (Artículos 2313, 2315)
Otra fuente de consulta
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