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Información proporcionada por:
HOSPITAL REGIONAL DE DUITAMA
http://hrd.gov.co
Atención inicial de urgencia
(También se conoce como: URGENCIAS MÉDICAS,ATENCIÓN EN URGENCIAS)
¿Cuándo se puede realizar?
Cualquier fecha
¿A dónde ir?
Ver puntos de atención
¿Requiere pago?
Sí,
Ver detalle en la sección "Para realizarlo necesita"
¿Es totalmente en línea?
No
Última actualización: 10-Julio-2020
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Descripción
Atención de personas que requieren de la protección inmediata por presentar alteración de la integridad física, funcional y/o psíquica por cualquier causa, con diversos grados de severidad que comprometen la vida o funcionalidad de la persona.
Para realizarlo necesita:
Ciudadano
Extranjeros
1 - Reunir los documentos y cumplir con las condiciones establecidas para el trámite
Documento
Cédula de ciudadanía
: 1 Original(es)
Anotaciones Adicionales: Tenga en cuenta el documento que se debe presentar, según la edad que corresponda: En caso de ser menor de 7 años presentar el registro civil de nacimiento. En caso de ser mayor de 7 años y menor de 18, presentar la tarjeta de identidad.
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
Encontrarse en una situación de salud que requiera atención inmediata
2 - Asistir al servicio de urgencias
Canal de atención
Asistir de manera personal para recibir la atención en urgencias. Los menores de edad deben ingresar con un adulto responsable. Para el egreso de menores de edad, se requiere la presencia de un familiar mayor de edad o una persona a cargo del menor.
Medio
Detalle
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
3 - Realizar el pago
Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:
*Si el paciente está como particular
Pago
Descripción del pago:
Descripción
Tipo moneda
Tipo valor
Cantidad
Valor
Realizar el pago correspondiente a la consulta y procedimientos realizados durante la atención.
Pesos ($)
Avalúo y/o liquidación
Información del medio de pago:
• En la entidad solicitante: en las oficinas de caja de urgencias
4 - Solicitar paz y salvo
Canal de atención
Solicitar paz y salvo en caja de urgencias, con el fin de finalizar el trámite y dar el egreso al paciente.
Medio
Detalle
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
Resultado que se obtiene
Atención de la urgencia, que se obtiene de forma inmediata
Medios por donde se obtiene el resultado
Presencial
¿Dónde se puede hacer seguimiento a la solicitud?
Medio
Detalle
Presencial
Ver puntos de atención
Soporte legal
Acuerdo 029 de 2011, (Artículo 20 - Artículo 45 - Artículo 66)
Acuerdo 260 de 2004, (Artículos del 1 al 13)
Decreto 2357 de 1995, (artículo 17 - artículo 18)
Decreto 783 de 2000, (Artículo 12)
Decreto 1295 de 1994, (Artículo 5)
Ley 100 de 1993, (Artículo 168)
Decreto Ley 019 de 2012, (Artículo 120)
Resolución 5261 de 1994, (Artículos 2, 4, 9, 10, 45)
Ley 1122 de 2007, (Artículo 20 Parágrafo)
Ley 10 de 1990, (Artículo 2)
Decreto 412 de 1992, (Artículo 2)
Otra fuente de consulta
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