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Información proporcionada por:
ALCALDÍA DE GACHANCIPÁ
Exención del impuesto predial unificado
¿Cuándo se puede realizar?
Cualquier fecha
¿A dónde ir?
Ver puntos de atención
¿Requiere pago?
No, es gratuito
¿Es totalmente en línea?
No
Última actualización: 14-Febrero-2019
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Descripción
Exoneración total de la obligación que tienen las personas naturales y jurídicas propietarias o poseedoras de predios, de conformidad con la causal determinada por las respectivas jurisdicciones territoriales.
Para realizarlo necesita:
Ciudadano
Extranjeros
Instituciones o dependencias públicas
Organizaciones
1 - Reunir documentos
Documento
Cédula de ciudadanía
: 1 Fotocopia(s)
Documento
Carta de solicitud
: 1 Fotocopia(s), 1 Original(es)
Anotaciones Adicionales: En la que se especifique el nombre del solicitante, fecha y la descripción de la solicitud por el cual se busca excepcionar el impuesto predial, dirigida a la Secretaria de Hacienda municipal.
2 - Radicar documentos
Canal de atención
Radicar la documentación en la recepción de la Administración Municipal de Gachancipa
Medio
Detalle
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
Resultado que se obtiene
Exención del pago de impuesto predial unificado , que se obtiene
en 15 Día(s) - hábil(es)
Medios por donde se obtiene el resultado
Presencial
¿Dónde se puede hacer seguimiento a la solicitud?
Medio
Detalle
Presencial
Ver puntos de atención
Soporte legal
Acuerdo 01 de 2007, (Artículo 12 - 13)
Ley 1607 de 2012, (Artículo 177)
Ley 1450 de 2011, (Artículo 23 Parágrafo 2)
Ley 14 de 1983, (Artículo 18)
Decreto 1333 de 1986, (Artículo 258)
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