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Información proporcionada por:
CORPORACION PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA
http://www.coralina.gov.co
Permiso de ocupación de cauces, playas y lechos
¿Cuándo se puede realizar?
Cualquier fecha
¿A dónde ir?
Ver puntos de atención
¿Requiere pago?
Sí,
Ver detalle en la sección "Para realizarlo necesita"
¿Es totalmente en línea?
No
Última actualización: 17-Noviembre-2020
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Descripción
Autorización permanente o transitoria para la construcción de obras que ocupen el cauce de una corriente o depósito de agua.
Para realizarlo necesita:
Ciudadano
Extranjeros
Instituciones o dependencias públicas
Organizaciones
1 - Reunir los documentos y cumplir con las condiciones necesarias para realizar el trámite
Formulario
Formulario Único Nacional de Solicitud de Ocupación de Cauces, Playas y Lechos
Disponible para ser:
Descargable:
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
Ser propietario del predio
Documento
Plano de localización de la fuente hídrica en el área de influencia
: 1 Fotocopia(s)
Documento
Planos y memorias de cálculo estructural e hidráulico de las obras necesarias para la captación, control, conducción, almacenamiento o aprovechamiento del cauce
: 1 Fotocopia(s)
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
Las características físicas del predio deben corresponder con la información contenida en la cédula catastral y con la matrícula inmobiliaria.
Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:
*Cuando se actúe por medio de apoderado
Documento
Poder
:1 Original(es)
*En caso de ser el tenedor del predio
Documento
Autorización del propietario o poseedor del predio
:1 Original(es)
Resultado que se obtiene
Permiso de ocupación de cauces u obras hidráulicas., que se obtiene
en 90 Día(s) - hábil(es)
Medios por donde se obtiene el resultado
Presencial
¿Dónde se puede hacer seguimiento a la solicitud?
Medio
Detalle
Presencial
Ver puntos de atención
Soporte legal
Ley 99 de 1993, (Artículos 31, 66)
Resolución 1280 de 2010, (Artículos 1 - 2)
Decreto 2811 de 1974, (Artículos 102 - 105 y 119 - 145)
Decreto 1541 de 1978, (Artículos 87 - 97, 104 - 106 y 183 - 204)
Ley 633 de 2000, (Artículo 96)
Resolución 2202 de 2006, (Todos)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015. Artículos:
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