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Información proporcionada por:
CORPORACION PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL ARCHIPIELAGO DE SAN ANDRES PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA
http://www.coralina.gov.co
Permiso de prospección y exploración de aguas subterráneas
¿Cuándo se puede realizar?
Cualquier fecha
¿A dónde ir?
Ver puntos de atención
¿Requiere pago?
Sí,
Ver detalle en la sección "Para realizarlo necesita"
¿Es totalmente en línea?
No
Última actualización: 17-Noviembre-2020
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Descripción
Obtener el derecho de explorar terrenos en busca de aguas subterráneas con miras a su posterior aprovechamiento.
Para realizarlo necesita:
Ciudadano
Extranjeros
Instituciones o dependencias públicas
Organizaciones
1 - Reunir los documentos y cumplir las condiciones necesarias para realizar el trámite
Formulario
Formato Único Nacional de Solicitud de Permiso de Prospección y Exploración de Aguas Subterráneas
Disponible para ser:
Descargable:
Anotación adicional:
La solicitud de permiso de prospección y exploración de aguas subterráneas se debe llevar a cabo conforme a lo dispuesto en la Resolución 1058 de 2021. Tenga en cuenta que, de acuerdo con el artículo 2.2.3.2.16.15 del Decreto 1076 de 2015, “Si el pozo u obra para aprovechamiento de aguas subterráneas se encuentra dentro de una cuenca subterránea ya conocido por la Autoridad Ambiental competente se podrá exonerar del permiso y el proceso de exploración”
Documento
Plano del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC)
: 1 Fotocopia(s)
Anotaciones Adicionales: A escala 1: 10.000 señalando ubicación del predio y pozo.
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
Ser propietario del predio.
Documento
Documento técnico
: 1 Original(es)
Anotaciones Adicionales: Que contenga como mínimo: a. Ubicación y extensión del predio o predios a explorar, indicando si son propios, ajenos o baldíos; b. Nombre y número de inscripción de la empresa perforadora, y relación y especificaciones del equipo que va a usar en las perforaciones; c. Sistema de perforación a emplear y plan de trabajo; d. Características hidrogeológicas de la zona, si fueren conocidas; e. Relación de los otros aprovechamientos de aguas subterráneas existentes dentro del área; f. Superficie para la cual se solicita el permiso y término del mismo; g) Los demás datos que la autoridad ambiental considere convenientes.
Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:
*Cuando se actúe por medio de apoderado
Documento
Poder
:1 Original(es)
*En caso de no ser el propietario del predio
Documento
Prueba idónea de la posesión o tenencia del predio
:1 Copia(s)
*En caso de ser el tenedor del predio
Documento
Autorización del propietario o poseedor del predio
:1 Copia(s)
2 - Radicar la documentación
Canal de atención
Medio
Detalle
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
3 - Comunicarse y/o notificarse del auto de inicio del trámite
Canal de atención
Medio
Detalle
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
4 - Presentar información adicional, en caso de requerirse
Canal de atención
Medio
Detalle
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
5 - Realizar el pago de la evaluación
Pago
Descripción del pago:
Descripción
Tipo moneda
Tipo valor
Cantidad
Valor
Para proyectos con un valor superior a 2.115 smmv, la tarifa de evaluación se liquida con base en el costo total del proyecto según lo establecido en el artículo 96 de la ley 633 de 2000 Para proyectos con un valor inferior a 2.115 smmv, la tarifa de evaluación se liquida según lo establecido la Resolución 1280 de 2010
Pesos ($)
Avalúo y/o liquidación
Información del medio de pago:
• En la entidad solicitante: Pago
6 - Recibir la visita
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
Se verificará la información suministrada por la firma perforadora y el cumplimiento de lo establecido en el Artículo 150 del Decreto 1541 de 1978.
Resultado que se obtiene
Permiso de prospección y exploración de aguas subterráneas., que se obtiene
en 58 Día(s) - hábil(es)
Medios por donde se obtiene el resultado
Presencial
¿Dónde se puede hacer seguimiento a la solicitud?
Medio
Detalle
Presencial
Ver puntos de atención
Soporte legal
Ley 633 de 2000, (Artículo 96)
Resolución 2202 de 2006, (Todos)
Resolución 1280 de 2010, (Artículos 1 -2)
Decreto 2811 de 1974, (Artículos 51, 54, 56, 57, 149-154)
Ley 99 de 1993, (Artículos 31, 66)
Decreto único reglamentario 1076 de 2015. Artículos: 2.2.3.2.16.2.2.3.2.16.12
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