Procesando...
Información proporcionada por:
ALCALDÍA DE SANTIAGO DE CALI
Certificación sanitaria de equinos
(También se conoce como: Concepto Sanitario de equinos, caballos)
¿Cuándo se puede realizar?
Cualquier fecha
¿A dónde ir?
Ver puntos de atención
¿Requiere pago?
No, es gratuito
¿Es totalmente en línea?
No
Última actualización: 8-Junio-2022
Valorar
Descripción
Cumplir con las condiciones higiénico-sanitarias de la tenencia del equino, que participa en exposiciones, actividades recreativas y/o turísticas, las cuales deben ser acreditadas por el propietario
Para realizarlo necesita:
Ciudadano
Extranjeros
Instituciones o dependencias públicas
Organizaciones
1 - Cumplir con las condiciones y documentos requeridos para el trámite
Documento
Solicitud escrita, verbal o telefónica por parte del propietario o tenedor del animal,
: 1 Original(es) (verbal, escrita o telefónica)
Anotaciones Adicionales: especificando si es por primera vez, renovación del certificado o la fecha del último certificado. (original)
Documento
Cédula de ciudadanía
: 1 Original(es)
Anotaciones Adicionales: ó Extranjería del tenedor del animal
Documento
Certificado de Propiedad del animal
: 1 Original(es)
Documento
Carné de vacunación
: 1 Original(es)
2 - Presentar el equino para la evaluación sanitaria y verificación de microchip
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
1. Presentar el animal para constatar el estado de salud y presencia de microchip en el equino
Resultado que se obtiene
Certificado sanitario de equino, que se obtiene
en 15 Día(s) - hábil(es)
Medios por donde se obtiene el resultado
Presencial
¿Dónde se puede hacer seguimiento a la solicitud?
Medio
Detalle
Telefónico
Fijo 4411524 , Horario de atención:Lunes a viernes de 7: 30 a.m. a 12:30 p.m. y de 1:30 p.m. a 5:30 pm.
Presencial
Ver puntos de atención
Soporte legal
Resolución 20174 de 2016, (Artículos Todos)
Decreto 516 de 2016, (Atículos: 139 numeral 4, 140 numeral 6)
Ley 769 de 2002, (Artículo: 98)
Decreto 780 de 2016, (Artículos: 2.8.5.2.18, 2.8.5.2.19, 2.8.5.2.31, 2.8.5.2.32 literal b, 2.8.5.2.41, 4.1.1)
Ley 9 de 1979, (Artículos: 591 literales a, b y c, 592)
Resolución 650 de 2003, (Artículo 17)
Ley 84 de 1989, (Articulo 4 y 27)
Ordenanza 343 de 2012, (Artículos: 54,57 literales: d, e, g, 59, 66 - 69, 77)
Resolución 0274 de 2000, (Artículos:1, 2, 3, 8, 17 y 18.)
Resolución 01740 de 2004, (Articulo 2)
Otra fuente de consulta
Compartir
Fecha Inicio
Fecha Fin
Observaciones
No records found.
Puntos de Atención
No se encontraron puntos de atención
Tenga en cuenta
Sugerir opciones de mejora
Enviar