Procesando...
Información proporcionada por:
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL
Permisos especiales para aeronaves de nacionalidad colombiana
(También se conoce como: Permisos especiales)
¿Cuándo se puede realizar?
Cualquier fecha
¿A dónde ir?
Ver puntos de atención
¿Requiere pago?
No, es gratuito
¿Es totalmente en línea?
Sí,
ingrese aquí
Ver manual de usuario
Última actualización: 18-Agosto-2022
Valorar
Descripción
Autorizar la operación de salto/ paracaidismo y aviación deportiva en áreas pobladas; aerofotografía/ estudios técnicos aeronáuticos y otros relacionados; vuelo de crucero ultraliviano clase I y/u operación fuera del territorio nacional; operación aerostatos/ globos libres tripulados y dirigibles; permiso de escala técnica para salida y/o ingreso al país por AD - aeródromo no internacional aeronave nacional y extranjera; transporte de mercancías peligrosas; transporte de personal FFAA – fuerzas militares en empresas nacionales de carga; vuelos de prueba y comprobación; desplazamientos y pruebas en tierra eldorado - EDR-; aeromodelismo en radio de un AD; notificación de salida del país aeronave nacional en período superior a 30 días; vuelos de traslados internacionales, aeronave de aviación comercial regular; vuelo ferry; sobrevuelo o aterrizaje en zonas restringidas, previo permiso de la FAC.
Para realizarlo necesita:
Ciudadano
Extranjeros
Instituciones o dependencias públicas
Organizaciones
1 - Diligenciar el formato de solicitud de autorización
Formulario
Formato de solicitud de autorización de permisos especiales para aeronaves de nacionalidad colombiana
Disponible para ser:
Diligenciable:
Reclamar de forma presencial:
En los puntos de atención indicados por la institución
2 - Radicar el formulario de solicitud para dar inicio al trámite
Canal de atención
Medio
Detalle
CORREO
sobrevuelo@aerocivil.gov.co
Resultado que se obtiene
Autorización de operaciones especiales para aeronaves de nacionalidad colombiana, que se obtiene
en 72 Hora(s)
Observaciones: Horario hábil
Medios por donde se obtiene el resultado
Correo electrónico
¿Dónde se puede hacer seguimiento a la solicitud?
Medio
Detalle
Correo Electrónico
sobrevuelo@aerocivil.gov.co
Soporte legal
Documento técnico 4 de 2011, (Artículos 4.25.6.5.3, 4.25.5.10.6, 4.25.5.12.5, 4.25.3.9.4, 4.25.1.7.4, 4.25.8, 4.25.7.4, 4.25.5.9, )
Documento técnico 175 de 2016, (Artículo 175.230)
Documento técnico 11 de 2004, (Artículo 11.15.9)
Otra fuente de consulta
Compartir
Fecha Inicio
Fecha Fin
Observaciones
No records found.
Puntos de Atención
No se encontraron puntos de atención
Tenga en cuenta
Sugerir opciones de mejora
Enviar