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Información proporcionada por:
ALCALDÍA DE ACACÍAS
https://www.acacias.gov.co/
Impuesto sobre el servicio de alumbrado público
¿Cuándo se puede realizar?
Cualquier fecha
¿A dónde ir?
Ver puntos de atención
¿Requiere pago?
Sí,
Ver detalle en la sección "Para realizarlo necesita"
¿Es totalmente en línea?
No
Última actualización: 27-Noviembre-2020
Descripción
Pago del tributo de alumbrado público que se refiere a la iluminación de parques y demás espacios públicos de libre circulación con el objeto de garantizar la visibilidad de zonas peatonales o vehiculares.
Para realizarlo necesita:
Ciudadano
Extranjeros
Instituciones o dependencias públicas
Organizaciones
1 - Solicite la factura o diligencie la declaración del Impuesto
Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:
*Contribuyentes establecidos con actividad específica, los generadores, cogeneradores o autogeneradores.
Canal de atención
Medio
Detalle
CORREO
alumbradopublico@acacias.gov.co
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
WEB
Generación de Factura de Alumbrado Público
2 - Presente la declaración o la factura de pago en la entidad bancaria autorizada
Pago
Descripción del pago:
Descripción
Tipo moneda
Tipo valor
Cantidad
Valor
De acuerdo al área, destinación del predio y a las tarifas establecidas en el acuerdo 454 de 2017, y Resolución 009 de 2018
Pesos ($)
Avalúo y/o liquidación
Información del medio de pago:
• En entidad bancaria:
Entidad recaudadora
Tipo de cuenta
Número de cuenta
Nombre de cuenta
Código de recaudo
Banco de Occidente
Corriente
647000702
Resultado que se obtiene
Formulario de pago de impuesto del servicio de alumbrado público con sello de cancelado , que se obtiene
en 1 Día(s) - hábil(es)
Observaciones: El tiempo de obtención está sujeto a la fecha en la que el contribuyente realice el pago en la entidad bancaria autorizada
Medios por donde se obtiene el resultado
Presencial
Página web
¿Dónde se puede hacer seguimiento a la solicitud?
Medio
Detalle
Correo Electrónico
alumbradopublico@acacias.gov.co
Presencial
Ver puntos de atención
Web
Pago impuesto alumbrado publico
Soporte legal
Resolución 319 de 2019, (Todos)
Resolución 1105 de 2019, (Todo)
Resolución 1102 de 2019, (Todo)
Acuerdo 491 de 2018, (Artìculo 7 - 9.)
Ley 84 de 1913, (Artículo 1)
Ley 97 de 1913, (Artículo 1 literal d)
Constitución política de Colombia de 1991, (Artículo 338)
Acuerdo 454 de 2017, (Título 2, Capítulo 11, Artìculo. 164 - 171)
Ley 1819 de 2016, (Artículos 349-353)
Decreto 2424 de 2006, (Artículo 9)
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