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Información proporcionada por:
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL
Permiso de operación como empresa de trabajos aéreos especiales en la modalidad de aerofotografía, aerofotogrametría, geología, sismografía, publicidad, ambulancia aérea y similares
(También se conoce como: autorización operación de trabajo aéreo especial)
¿Cuándo se puede realizar?
Cualquier fecha
¿A dónde ir?
Ver puntos de atención
¿Requiere pago?
Sí,
Ver detalle en la sección "Para realizarlo necesita"
¿Es totalmente en línea?
Sí,
ingrese aquí
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Última actualización: 27-Octubre-2022
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Descripción
Prestar servicios en actividades civiles con fines de lucro, distintas al transporte público aéreo, tales como: aerofotografía, aerofotogrametría, geología, sismografía, publicidad, ambulancia aérea y similares; acreditando las condiciones de idoneidad desde el punto de vista técnico, administrativo y financiero.
Para realizarlo necesita:
Organizaciones
1 - Realizar el pago de los derechos del trámite
Pago
Descripción del pago:
Descripción
Tipo moneda
Tipo valor
Cantidad
Valor
Realizar el pago de los derechos del trámite
Pesos ($)
Unidad de Valor Tributario (UVT)
24.6525
936.893,61
Información del medio de pago:
•
Pago en línea
• En la entidad solicitante: cajas de la Aerocivil ubicadas en los principales aeropuertos del país.
2 - Alistar la documentación necesaria y cumplir con las condiciones para realizar el trámite
Documento
Recibo de pago de los derechos del trámite.
: 1 Copia(s)
Documento
Escritura de constitución de la sociedad
: 1 Copia(s)
Anotaciones Adicionales: con las modificaciones y/o reformas incorporadas.
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
Estar constituido legalmente en cámara de comercio.
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
Poseer como mínimo 1 aeronave, con certificado de aeronavegabilidad vigente, ya sea propia y/o arrendada, y el equipo apropiado para atender la operación propuesta.
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
Poseer un capital pagado mínimo de 550 salarios mínimos legales mensuales vigentes a la expedición del permiso de operación.
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
Contar con el concepto favorable de la Dirección Financiera sobre la caución a favor de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil que ampare el cumplimiento de todas las obligaciones derivadas del respectivo permiso de operación.
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
Contar con el certificado de operación y sus respectivas especificaciones de operación, expedidos por la Secretaría de Seguridad Operacional y de la Aviación Civil.
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
Contar con autorización vigente para constituirse como empresa de trabajos aéreos especiales.
Condición: No debe presentar ningún soporte ya que la institución verificará que usted la cumpla
Estar registrado como explotador sobre las aeronaves que operará la empresa, al menos en la cantidad mínima exigida para cada modalidad, ante la Oficina de Registro Aeronáutico.
Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:
*En caso de requerirse ajustar el capital por haberse incrementado el valor del salario mínimo legal mensual vigente, antes de obtenerse el permiso de operación
Documento
Estados financieros
:1 Copia(s)
Anotaciones Adicionales: suscrito por el representante legal, contador público y/o revisor fiscal. En el que conste que el capital mínimo exigido, de acuerdo con la modalidad, se encuentra pagado totalmente.
3 - Radicar la documentación necesaria para dar inicio al trámite
Canal de atención
Se puede realizar por correo electrónico.
Medio
Detalle
CORREO
radicacionenlinea.ota@aerocivil.gov.co
4 - Notificarse de la decisión final
Canal de atención
Oficina Asesora Jurídica.
Medio
Detalle
PRESENCIAL
Ver puntos de atención
Canal de atención
Medio
Detalle
CORREO
marysabel.munoz@aerocivil.gov.co
Resultado que se obtiene
Permiso de operación como empresa de trabajos aéreos especiales en la modalidad de aerofotografía, aerofotogrametría, geología, sismografía, publicidad, ambulancia aérea y similares, que se obtiene
en 15 Día(s) - hábil(es)
Medios por donde se obtiene el resultado
Correo electrónico
Presencial
¿Dónde se puede hacer seguimiento a la solicitud?
Medio
Detalle
Correo Electrónico
radicacionenlinea.ota@aerocivil.gov.co
Telefónico
Fijo 2963316 , Horario de atención:lunes a viernes 8:00 a. m. a 5:00 p. m.
Telefónico
Fijo 2963418 , Horario de atención:lunes a viernes 8:00 a. m. a 5:00 p. m.
Soporte legal
Resolución 1530 de 2020, (Artículo 1 (a))
Decreto 823 de 2017, (Artículo 17)
Resolución 1357 de 2017, (Título 7 (articulo 7))
Resolución 2590 de 2013, (Artículos 3.6.3.2.6 literal d y e, 3.6.3.2.8)
Decreto Ley 019 de 2012, (Artículos 15, 78, 80)
Documento técnico III de 2005, (Numeral 3.6.3.2.6 literal d, 3.6.3.3.3 literal a ordinal 2, d ordinal 2, 3.6.3.3.3.1)
Otra fuente de consulta
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