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Inició período de declaración de bienes y rentas para más de 280 mil servidores públicos del orden territorial
Junio 06 de 2023 08:30 AM

La declaración debe ser realizada a través del SIGEP II
- A partir del pasado primero de junio y hasta el próximo 31 de julio, cerca de 285.267 servidores públicos del orden territorial de todas las regiones del país tendrán la obligación de diligenciar la declaración de bienes y rentas.
- En abril y mayo cerca de 144,086 servidoras y servidores del orden nacional realizaron exitosamente la actualización de la declaración de bienes y rentas.
Bogotá, Colombia, 06 de junio de 2023
El Departamento Administrativo de la Función Pública comunicó a los más de 280 mil servidores públicos del orden territorial que ya inició el período para que realicen la actualización de la declaración de bienes y rentas.
La entidad señaló que tendrán hasta el lunes 31 de julio de 2023 para diligenciar el Formulario Único de Declaración de Bienes y Rentas que encontrarán en el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP II).
Los servidores están obligados a reportar información relacionada a sus datos personales, obligaciones financieras, conformación familiar, bienes patrimoniales, al igual que, sus ingresos laborales y no laborales, entre otros.
La información que deben proporcionar corresponde al periodo entre el primero de enero de 2022 hasta el 31 diciembre del mismo año, es decir la vigencia 2022.
De acuerdo al Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP II), durante abril y mayo cerca de 144,086 servidoras y servidores del orden nacional realizaron exitosamente la declaración de bienes y rentas.
Función Pública recalcó que la declaración de bienes y rentas al ingresar a una entidad, durante su permanencia en ella y al momento de retirarse es una obligación que todas y todos los servidores públicos deben cumplir, como lo señala la Ley 190 de 1995 y el Decreto 1083 de 2015.
La declaración debe ser realizada a través del Sistema de Información y Gestión del Empleo Público (SIGEP II) o en el siguiente enlace.
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