Circular Externa 100-004 de 2015 Departamento Administrativo de la Función Pública - Gestor Normativo - Función Pública

Circular Externa 100-004 de 2015 Departamento Administrativo de la Función Pública

Fecha de Expedición: 31 de marzo de 2015

Fecha de Entrada en Vigencia:

Medio de Publicación:

PROVISIóN - ENCARGO
- Subtema: Vacancia

Se dan lineamientos frente al cumplimiento de las normas de carrera administrativa con relación al reporte de empleos de carrera vacantes en forma definitiva.

Los datos publicados tienen propósitos exclusivamente informativos. El Departamento Administrativo de la Función Pública no se hace responsable de la vigencia de la presente norma. Nos encontramos en un proceso permanente de actualización de los contenidos.

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CIRCULAR EXTERNA NO.100 - 004 – 2015

 

PARA:

REPRESENTANTES LEGALES DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES QUE SE RIGEN, EN MATERIA DE CARRERA ADMINISTRATIVA, POR LA LEY 909 DE 2004 O POR NORMAS QUE REGULAN SISTEMAS ESPECÍFICOS DE CARRERA ADMINISTRATIVA ADMINISTRADOS POR LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL.

 

ASUNTO:

CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE CARRERA ADMINISTRATIVA CON RELACIÓN AL REPORTE DE EMPLEOS DE CARRERA VACANTES EN FORMA DEFINITIVA.

 

CIUDAD Y FECHA:

BOGOTÁ, D.C. 31 MAR 2015

 

 

De conformidad con lo señalado en la Ley 909 de 2004 y en las normas que regulan los sistemas específicos de carrera administrativa, el proceso de selección por mérito es el mecanismo para que los ciudadanos puedan hacer efectivo el principio constitucional de igualdad al acceso a los empleos públicos, razón por la cual constituye un deber para las entidades reportar los empleos de carrera administrativa que se encuentren vacantes en forma definitiva, con el fin de que la Comisión Nacional del Servicio Civil programe y adelante las respectivas convocatorias a concurso.

 

Un empleo de carrera se encuentra en vacancia definitiva cuando no cuenta con un titular de carrera; este puede encontrarse sin proveer o previsto mediante encargo o nombramiento provisional.

 

Para tal efecto, los representantes legales de las entidades y organismos destinatarios de la presente Circular, deben reportar, a más tardar el día 30 de abril del presente año, los empleos de carrera que se encuentren en vacancia definitiva, como también la información correspondiente a la contratación de prestación de servicios por persona natural y por persona jurídica a través de la página web del Sistema Único de Información y Gestión del Empleo Público - SIGEP, www.sigep.gov.co a través del botón Reporte de información de la sección Servicios del Portal.

 

Cualquier consulta relacionada con el tema en cuestión puede dirigirla al siguiente correo electrónico planvacantes@funcionpublica.gov.co o comunicarse a la Dirección de Empleo Público, al teléfono 2437100.

 

EI reporte de la anterior información constituye un deber y una obligación en el marco de las normas constitucionales y legales que regulan el empleo público.

 

Cordialmente,

 

LILIANA CABALLERO DURÁN

 

Directora

 

Departamento Administrativo de la Función Pública

 

Albeniz Salinas / María José Martínez / Francisco Camargo / Mónica Liliana Herrera / Claudia Patricia Hernández L.

 

DEP/300 4.4