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Empleo Público

La Dirección de Empleo Público (DEP), es una dirección técnica del Departamento Administrativo de la Función Pública encargada de proponer, diseñar, ejecutar y evaluar la política de empleo público y de gestión estratégica del talento humano del Estado colombiano en lo correspondiente a la planeación, el ingreso, la permanencia, el desarrollo, los estímulos, la evaluación y el retiro de los servidores públicos, teniendo en cuenta el principio del mérito en igualdad de condiciones y las competencias laborales.

Ilustración de tres personas que tienen alrededor logos de productos propios de función pública: SIGEP, MIPG, Gestor Normativo, entre otros

Funciones

La Dirección de Empleo Público, adscrita al Despacho del Subdirector, cumplirá las siguientes funciones:

  1. Proponer, diseñar, ejecutar y evaluar la política de empleo público y de gestión del talento humano del Estado en lo correspondiente a la planeación, el ingreso, la permanencia, el desarrollo, los estímulos, la evaluación y el retiro de los servidores públicos, observando el principio del mérito en igualdad de condiciones y las competencias laborales.
  2. Formular planes estratégicos del talento humano e impartir lineamientos para su implementación por los organismos y entidades de la Rama Ejecutiva.
  3. Diseñar y adoptar metodologías y herramientas para la divulgación, implementación y seguimiento de la política de gestión del talento humano.
  4. Recopilar, clasificar y analizar, en coordinación con la Dirección de Gestión del Conocimiento, información, estudios, investigaciones y demás documentos en los temas de su competencia, para la toma de decisiones y la actualización de las políticas y herramientas a cargo del Departamento.
  5. Adelantar, en coordinación con la Dirección de Gestión del Conocimiento, estudios, investigaciones y evaluaciones de la política de empleo público y de gestión del talento humano y proponer los instrumentos técnicos y jurídicos e impulsar sus reformas.
  6. Proponer el diseño y administrar, en coordinación con la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, los sistemas de información en materia de empleo público que permitan la formulación de la política, la planificación del talento humano y la toma de decisiones.
  7. Asesorar, acompañar y capacitar a los servidores públicos para facilitar el cumplimiento de las políticas y disposiciones en materias relacionadas con la gestión y desarrollo del talento humano.
  8. Hacer seguimiento al cumplimiento y aplicación por parte de las unidades y comisiones de personal de las normas generales en materia de empleo público, fomentar su profesionalización e identificar sus fortalezas y brechas.
  9. Orientar el diseño e implementación de instrumentos para el ingreso por mérito y evaluación de los servidores que ocupan empleos de Gerencia Pública en la Rama Ejecutiva y en los demás que disponga la Constitución Política o la ley, el reglamento o el Presidente de la República, y crear, administrar y actualizar el Banco de Gerentes Públicos al servicio del Estado.
  10. Coordinar acciones de formación y capacitación con la Escuela de Alto Gobierno de la Escuela Superior de Administración Pública -ESAP, dirigidas a fortalecer las capacidades de los servidores públicos y de la Gerencia Pública en Colombia.
  11. Adelantar las acciones pertinentes para garantizar el principio de igualdad en la gestión del talento humano al servicio del Estado, que eviten cualquier acción discriminatoria.
  12. Apoyar a la Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC, en el ejercicio de sus funciones, suministrarle información, darle traslado del Plan Anual de Empleos Vacantes, según los datos proporcionados por las entidades y formular los parámetros con los cuales adoptará los instrumentos para la evaluación del desempeño de los servidores públicos.
  13. Formular y actualizar, en coordinación con la Escuela Superior de Administración Pública – ESAP, el Plan Nacional de Formación y Capacitación y el contenido curricular básico de los programas de inducción y de reinducción para los servidores públicos de la Rama Ejecutiva y elaborar y divulgar los instrumentos para la formulación e implementación de los Planes Institucionales de Capacitación.
  14. Apoyar la profesionalización de los servidores públicos del Estado y promover las reformas dirigidas a su mejoramiento.
  15. Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la Dirección.